Auxilio funerario Colpensiones – Toda la información

Se conoce como auxilio funerario, a la prestación económica que tiene derecho una persona que comprueba mediante ciertos documentos legales, haber cancelado los gastos funerarios o de entierro de una afiliado o pensionado.

En otras palabras, es el derecho que tiene una persona a recibir el reembolso de un dinero por gastos fúnebres de alguien que fue pensionado por invalidez o vejez.

Este tipo de reconocimiento funerario es el equivalente al último salario base que fuese cotizado por el pensionado fallecido. No puede ser menos de cinco salarios mínimos, pero tampoco superar a 10 veces dicho monto.

Documentos obligatorios que debe presentar el solicitante

Toda persona que desee solicitar el auxilio funerario de un afiliado a pensiones, está en el deber de presentar los siguientes documentos, ante el fondo  de Colpensiones al que pertenecía el fallecido:

1.- Formato de solicitud de prestación de auxilio: es un documento que está dividido en diez partes, entre los cuales se encuentran: tipo de solicitante, tipo de solicitud, instancia, información del causante y forma de pago gasto fúnebre.

Estos como datos principales, adicionalmente está el documento de tipo de persona beneficiaria, beneficiario persona natural, beneficiario persona jurídica, información del apoderado e información del solicitante tercero.

Todos los campos anteriores deberán ser llenados de forma explícita y clara, para que no hayan confusiones durante el trámite y se corra el riesgo de que no se apruebe el pago de los fondos.

2.-  Presentar copia legible del registro civil original de defunción del afiliado o pensionado. Con expedición no mayor a tres (3) meses.

3.- Presentar documento de identidad original, o en su defecto el NIT del solicitante del auxilio funerario que pretende demostrar haber cancelado los gastos funerarios del pensionado fallecido.

Documentos adicionales para presentar

  • Hay que tener presente que si la cancelación de los gastos fúnebres del pensionado fueron cancelados a través de una factura, ya sea de índole jurídica o título personal. Se deberá anexar la original de esta a todo lo anterior.
  • En dado caso que el pago del auxilio funerario fuera sido mediante contrato preexequial, se deberá anexar la copia del mismo. En este deberá constar que la funeraria recibió el pago por todos los servicios.

Además, debe tener colocado en forma legible los datos personales del titular o beneficiario.

  • Si el pago del auxilio funerario fue cancelado mediante alguna póliza de seguros. Se deberá anexar la copia del documento original de la póliza o en su defecto la certificación de la aseguradora especificando el monto cubierto.

Asimismo, también se deberá agregar en forma legible los datos personales del titular o beneficiario.

  • Por último, si el pago del auxilio fue mediante un contrato de pre-necesidad. La persona solicitante deberá anexar la copia de dicho documento donde conste el valor cancelado en vida por el pensionado fallecido.

En caso de no ser posible lo anterior, el solicitante tendrá la opción de presentar la certificación por parte de la funeraria, en la cual se acredite de forma clara y detallada el monto pendiente o adeudado.

Realizar la solicitud de auxilio funerario a través de terceros

Es posible que la persona que ha cancelado los gastos funerarios del pensionado, pueda delegar este trámite a través de terceras personas. Pero con la condición de seguir ciertos reglamentos:

 

Por medio de un empleador privado

Deberá presentar ante el fondo de pensiones del afiliado el certificado de existencia y representación legal, otorgado por la Cámara de Comercio. La cual deberá contar con vigencia no mayor a tres (3) meses.

Con un empleado público

Presentar acto administrativo en el cual quede constancia de su designación como representante legal. Además del acta de posesión del representante legal de dicha entidad.

A través de un tercero autorizado

Basta con tener un documento de identidad de la tercera persona y carta de autorización, original, con la explicación concreta de las facultades específicas a cubrir.

Por medio de un apoderado

Esta persona deberá consignar ante el fondo de pensiones del fallecido un poder debidamente conferido con presentación personal ante un notario público. Así como también su documento de identidad y tarjeta profesional del abogado apoderado.

A través de un tercero en calidad de curador

En este último caso, la tercera persona deberá tener en su posesión la decisión judicial. Por la cual, se designa como curador designado de manera provisional.

Datos importantes a tener en cuenta

Todos los documentos antes descritos y necesarios para el trámite de auxilio funerario en Colpensiones. Pueden ser presentados en cualquier  agencia a nivel nacional, en las cuales, recibirás asesoría gratuita a la solicitud.

En caso de que los documentos requieran algún tipo de corrección o aclaración, también serán solicitados a través de los puntos de atención de Colpensiones.

La notificación del acto administrativo debe hacerse ante cualquiera de los puntos disponibles de atención al cliente de Colpensiones. También a través del correo electrónico con previa autorización.